Decreto Ley con el objetivo de facilitar la inversión pública y privada necesaria para afrontar la situación de crisis económica.
-Simplificación de tramites, Regularización plazas turísticas, Modernización, Calidad, Medidas medioambientales, Dispensa de las condiciones para aumentos de categoría o grupo, etc. (Pte.procedimiento Administrativo)
Actividades en las que será de aplicación
el sistema de declaración responsable para el inicio de actividades
turísticas, al amparo de lo establecido en el Decreto Ley
1/2009, de 30 de enero, de medidas urgentes para el impulso de
la inversión en las Illes Balears.
BENEFICIARIOS: Empresas turísticas privadas.
OBJETO: apoyar financieramente los planes de renovación y modernización de destinos turísticos maduros.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
a) Actuaciones en hoteles y otros alojamientos turísticos
b) Actuaciones en establecimientos de restauración
c) Actuaciones en establecimientos comerciales localizados en zonas turísticas y dirigidos específicamente al turismo.
d)Actuaciones en establecimientos culturales y de ocio.
SUBVENCIÓN
Los proyectos financiados a través del ICO serán susceptibles de ser bonificados parcialmente en el tipo de interés.
PRESENTACIÓN SOLICITUDES
A través de cualquiera de las entidades de Crédito mediadoras con lsa que el ICO haya suscrito el correspondiente acuerdo.
BOE de 3/01/09