Se constituye el anexo 1 como actualización del punto II del protocolo de aplicación, incorporando una nueva medida que es la siguiente:

 

«II. Medidas preventivas sanitarias para las empresas

  1. Se recomienda el establecimiento de jornadas de trabajo continuadas durando el tiempo del estado de alarma, siempre que sea posible desde el punto de vista técnico, organizativo y productivo, para reducir el tiempo de exposición de los trabajadores y trabajadoras en la obra de construcción.

 

 

Trasladar que esta Orden es de aplicación desde la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y hasta que finalice el periodo del estado de alarma, incluidas las prórrogas.

ACTUALIZACIÓN DE LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN EL PROTOCOLO DE MEDIDAS PREVENTIVAS SANITARIAS PARA LIMITAR LA PROPAGACIÓN Y EL CONTAGIO DEL COVID-19 EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (BOE 29-05-2020)
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad