1.- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Control global de las deducciones sobre el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

También continuarán los controles sobre actividades económicas en el IRPF, los rendimientos de capital inmobiliario con explotación de la nueva declaración informativa sobre arrendamientos turísticos, las retenciones y la utilización abusiva del régimen de las entidades sin fines lucrativos.

Al mismo tiempo se potenciarán las actuaciones de control acerca de los contribuyentes con patrimonios significativos con la creación de la Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes; este hecho no afectará exclusivamente a contribuyentes del IRPF.

Se intensificará el control de los contribuyentes no declarantes de Impuesto.

2.- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Destacar la posible cesión de datos fiscales (información de clientes y proveedores) a los contribuyentes no incluidos en el SII para facilitarles la presentación de las declaraciones; es decir, aprovechando la información obtenida a través del SII trasladar esta información a aquellos sujetos pasivos afectados, clientes y proveedores del declarante en SII para que sean conscientes de su obligación de reflejar también estas operaciones.

El control de la facturación irregular y prohibición del software de doble uso que permite la llevanza de dobles contabilidades, buscando minimizar, en las actividades con consumidores finales el riesgo de fraude.

Priorización de las actuaciones de control vinculadas a la existencia de tramas de IVA, con un control reforzado del Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y los sectores y actividades de riesgo.

Planificación coordinada y la colaboración entre Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias autonómicas en operaciones inmobiliarias significativas al objeto de determinar su tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido o, alternativamente, por el concepto «Transmisiones Patrimoniales Onerosas» del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

3.- Impuesto sobre Sociedades (IS)

Se actuará respecto de las empresas cuyos volúmenes de actividad, de beneficios, de ventas o de cobros resulten incoherentes con los normales de su sector.

La nueva Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes, tendrá también en el punto de mira a los contribuyentes de este impuesto.

Destacar que se incrementará el número de actuaciones de control de las personas y entidades con bienes y derechos en el exterior o con actividad internacional.

Que se analizará la interposición de personas jurídicas con el objeto de reducir improcedentemente la tributación, es decir, el uso abusivo de sociedades interpuestas.

Que se fomentará la realización de análisis concretos que permitan detectar inconsistencias tales como la indebida deducción de gastos personales.

Habrá mayores actuaciones de control consecuencia de actuaciones conjuntas de las áreas de Gestión y de Inspección de la AEAT, sobre Grandes empresas y Pequeñas sociedades comerciales o industriales para mejorar su comportamiento tributario.

Actuaciones de control sobre contribuyentes acogidos al régimen especial de consolidación fiscal del Impuesto. Especial atención se prestará a la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, en particular a las bases pendientes de compensación respecto de las cuales el derecho de la Administración para iniciar el procedimiento de su comprobación prescribe a los diez años.

Actuaciones de control relacionadas con sociedades con muy baja actividad, aun considerando que una parte de estas sociedades están inactivas de facto.

La Agencia Tributaria creará una herramienta de gestión de riesgos tributarios que será capaz de reunificar en un sólo todos los existentes, para de esta forma identificar colectivos de riesgo permitiendo un mejor seguimiento del resultado de las actuaciones de control que la Agencia lleva a cabo.

La combinación del uso intensivo de la tecnología de análisis de datos tipo ‘Big Data’ y la explotación de las más recientes fuentes de información (SII, CRS, Fatca, ‘Informe País por País’ –CBC– y, a partir de 2019, también la información sobre mecanismos de planificación fiscal agresiva, o ‘DAC 6’) proporcionará a la AEAT la posibilidad de reforzar el control sobre los grandes patrimonios, las multinacionales, la economía sumergida y el fraude en los ámbitos recaudatorio y aduanero.

Plan anual de control tributario y aduanero 2019 – Principales líneas de actuación
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