El Instituto de Crédito Oficial (ICO) pone a disposición de las empresas un amplio abanico de programas para financiar proyectos de inversión. También atienden las necesidades de liquidez y favorecen la internacionalización e incluso las operaciones de comercio exterior.
La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito.
Las ventajas de esta línea son sus largos plazos de amortización, que cubren períodos de hasta 20 años con dos de carencia para inversión y de cuatro años con uno de carencia para liquidez. El cliente puede formalizar su operación a tipo de interés fijo o variable.
CONDICIONES
Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones.
Conceptos financiables:
• Liquidez.
• Inversiones dentro del territorio nacional.
• Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano (IVA incluido).
• Vehículos turismos, cuyo importe no supere los 30.000 euros más IVA.
• Adquisición de empresas.
• Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta modalidad de inversión.
• Rehabilitación de viviendas y edificios.
Destinatarios: Los autónomos y empresas particulares y comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de sus viviendas.
Modalidad: préstamo/leasing para inversión y préstamo/línea de crédito para liquidez.
Tipo de interés: fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización.
Plazo de amortización y carencia:
• Si se financia 100% liquidez: 1, 2, 3 y 4 años con la posibilidad de 1 año de carencia.
• Si se financia inversión: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 15 y 20 años con hasta 2 años de carencia.
Comisiones: la Entidad de Crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.
Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR.