A los efectos de esta ordenanza se consideran los siguientes grupos de locales o actividades. I. Restaurantes, Bares, Cafés, Cafeterías y análogos. II. Bares Musicales (bar con licencia de música) y análogos. III. Bingos, Salones de Juego, Cines, Teatros, Cafés
Aprobación de la modificación puntual de la Ordenanza reguladora de los horarios de establecimientos y espectáculos públicos y actividades recreativas – AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
