El Ministerio de Hacienda ha anunciado su intención de aplazar hasta octubre de 2028 la aplicación obligatoria de VERIFACTU, el sistema que establece los requisitos que deben cumplir los programas informáticos de facturación de empresas y profesionales.
El objetivo es coordinar su implantación con la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales (B2B), facilitando una adaptación tecnológica más ordenada.
Importante: a fecha de esta publicación, el aplazamiento está pendiente de aprobación normativa definitiva. Por tanto, mientras no se publique la modificación correspondiente en el BOE, siguen vigentes los plazos establecidos en la normativa actual.
¿Cuáles son las fechas previstas?
El calendario actualmente vigente establece los siguientes plazos:
• Empresas contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: antes del 1 de enero de 2027.
• Resto de empresarios y profesionales afectados, incluidos los autónomos: antes del 1 de julio de 2027.
Si se aprueba la prórroga anunciada, la obligación se trasladaría a octubre de 2028. La fecha exacta de aplicación deberá confirmarse mediante la correspondiente modificación normativa.
¿Por qué se plantea el aplazamiento?
Hacienda pretende coordinar VERIFACTU con la implantación de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales.
La Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026, ha iniciado el cómputo de los plazos para esta última obligación:
• 6 de octubre de 2027: para empresarios y profesionales con un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros.
• 6 de octubre de 2028: para el resto de empresarios y profesionales, con las particularidades previstas para las obligaciones de información sobre estados y pagos.
La intención es evitar adaptaciones tecnológicas sucesivas y facilitar la coordinación entre ambos sistemas.
¿Qué deben hacer las empresas y los autónomos?
El aplazamiento no significa que desaparezcan los requisitos técnicos de los programas de facturación. Se mantienen las exigencias de integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, entre otras garantías.
Por ello, recomendamos:
• Consultar con el proveedor del programa de facturación su adaptación a la normativa.
• Revisar los sistemas y procedimientos de facturación utilizados.
• Planificar las actualizaciones necesarias y sus costes.
• Seguir las publicaciones oficiales para confirmar las fechas definitivas.
En resumen
La prórroga de VERIFACTU hasta octubre de 2028 permitiría disponer de más tiempo para adaptar los sistemas de facturación, pero todavía no debe considerarse un aplazamiento definitivo mientras no se apruebe y publique la modificación normativa.
Desde nuestra asesoría seguiremos las novedades legislativas para informar a nuestros clientes de los cambios que puedan afectar a sus obligaciones fiscales.
¿Tienes dudas sobre tu programa de facturación? Contacta con nuestra asesoría y te ayudaremos a revisar tu situación y planificar la adaptación.
