Nueva obligación para propietarios de alquiler turístico y de temporada (2026)

El último BOE del año 2025 ha incorporado como novedad una nueva obligación legal para los propietarios de inmuebles destinados al arrendamiento de corta duración, sea turístico, de temporada o por otros fines, siempre que se anuncien en plataformas online como Airbnb, Booking y similares.

En concreto, mediante la Orden VAU/1560/2025, de 22 de diciembre, se crea el modelo informativo para los arrendamientos sujetos al Real Decreto 1312/2024. A partir de 2026, con periodicidad anual y durante el mes de febrero, deberá presentarse un formulario informando de los contratos de arrendamiento de corta duración suscritos en el año anterior.

El requisito previo: El Número de Registro Único (NRUA)

Cabe recordar que, desde el 1 de julio de 2025, está en vigor la obligación de que todas las viviendas destinadas a alquileres de corta duración dispongan del Número de Registro Único de Alquiler (NRUA).

  • Este número se solicita en el Registro de la Propiedad.
  • Es obligatorio para publicar en cualquier plataforma digital.
  • Debe figurar visiblemente en el propio anuncio.

Vinculado a esta obligación, los propietarios con NRUA asignado deberán presentar el nuevo modelo informativo incluyendo la relación de las reservas realizadas y la finalidad del arrendamiento.

Plazos y forma de presentación

El trámite electrónico para la presentación del modelo informativo estará disponible desde el 1 de febrero hasta el 2 de marzo.

La presentación puede realizarse de dos formas:

  1. Vía telemática: A través de la Sede Electrónica del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
  2. Vía presencial: Desde el lunes 2 de febrero, en ventanilla del Registro (cumplimentando previamente el modelo en la Sede electrónica).

⚠️ Aviso importante: Recomendamos prestar especial atención a esta nueva obligación. Su incumplimiento puede derivar en la retirada del NRUA, la imposibilidad de anunciarse en plataformas en el futuro y sanciones administrativas.

Si tienen dudas o necesitan más información y asesoramiento personalizado, pueden contactar con su asesor habitual o escribir a assessories@serramayans.com. Nuestro equipo estará encantado de orientarles y ofrecer alternativas adaptadas a sus necesidades.


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NUEVAS OBLIGACIONES PARA PROPIETARIOS DE INMUEBLES ARRENDADOS
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