Se levanta la suspensión de las actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes establecida por la Orden, por la que se suspendían determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios en las que existía riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.
En la realización de las obras se garantizarán en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia mínima de seguridad entre personas de dos metros.
CONDICIONES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON OBRAS EN EDIFICIOS (BOE 23-05-2020)