Formentera – convocatoria subvenciones para la adquisición de bicicletas urbanas convencionales, bicicletas urbanas convencionales electrificadas, bicicletas eléctricas o kits de electrificación, para el año 2024 (boib 12/10/2024)

OBJETO

Serán objeto de ayuda las bicicletas nuevas de tipo urbana de paseo de ciudad de trekking o todo terreno bien sean convencionales convencionales electrificadas o eléctricas y los equipos de electrificación de bicicletas convencionales adquiridos en régimen de propiedad.

PERSONAS BENEFICIARIAS

Las personas físicas mayores de 11 años residentes en Formentera que adquieran a partir de la fecha que determine la convocatoria correspondiente una bicicleta de tipo urbana de paseo de ciudad de trekking o todo terreno bien sea convencional convencional electrificada (con equipo) o eléctrica o el equipo de electrificación para la asistencia al pedaleo de una bicicleta convencional.

REQUISITOS TÉCNICOS

Las bicicletas subvencionables serán de tipo urbana de paseo de ciudad de trekking o todo terreno bien sean convencionales convencionales electrificadas (con equipo para la asistencia al pedaleo) o eléctricas. Quedan excluidas bicicletas de carácter deportivo las bicicletas de carácter infantil y aquellas que no cumplan los requisitos técnicos de la convocatoria.

Los requisitos técnicos son:

  • Requisitos y accesorios mínimos de las bicicletas convencionales subvencionables: Casco, Luz trasera y delantera, Chaleco reflectante, Con pata de cabra o caballete, Bicis plegables incluidas, Dos adhesivos con los logos del Consell Insular de Formentera y el proyecto formentera.eco.
  • Requisitos y accesorios mínimos para las bicicletas eléctricas y convencionales electrificadas con equipos subvencionables: Casco, Luz trasera y delantera, Chaleco reflectante, Con pata de cabra o caballete, Bicis plegables incluidas, Dos adhesivos con los logos del Consell Insular de Formentera y el proyecto formentera.eco, Potencia del motor eléctrico inferior o igual a 250 W, Autonomía mínima de 50 km, Batería con capacidad mínima de 9 Ah, La alimentación debe cortarse cuando la bicicleta alcance los 25 km/h o bien cuando la persona deje de pedalear, Sin acelerador o gatillo.

Los equipos de electrificación para la asistencia al pedaleo subvencionables cumplirán las limitaciones señaladas para las bicicletas eléctricas.

OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS

Las personas beneficiarias de esta convocatoria deberán cumplir particularmente, entre otras, las siguientes obligaciones: Comunicar al Área de Movilidad el número de bastidor y, en su caso, el número de serie de la batería.

El vehículo subvencionado no podrá ser objeto de transmisión a terceros en un plazo de 2 años debiendo estar durante ese plazo a plena disposición de la persona beneficiaria. Mantener la bicicleta en uso para desplazamientos con origen y destino en la isla de Formentera.

DETERMINACIÓN DEL IMPORTE DE LAS AYUDAS Y COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES

  1. La cuantía de esta ayuda consta de cuatro conceptos:
    • Adquisición de bicicleta convencional nueva de tipo urbana de paseo de ciudad de trekking o todo terreno: la cuantía de la ayuda será de CIENTO CINCUENTA (150) EUROS para cada bicicleta, el precio máximo de venta al público deberá ser igual o inferior a 1.000 € (IVA excluido). No serán subvencionables las compras de bicicletas de precio superior al indicado.
    • Adquisición de bicicleta eléctrica nueva de tipo urbana de paseo de ciudad de trekking o todo terreno: la cuantía de la ayuda será de CUATROCIENTOS CINCUENTA (450) EUROS para cada bicicleta, el precio máximo de venta al público deberá ser igual o inferior a 3.000 € (IVA excluido). No serán subvencionables las compras de bicicletas de precio superior al indicado.
    • Adquisición de bicicleta convencional nueva de tipo urbana de paseo de ciudad de trekking o todo terreno electrificada con equipo para la asistencia al pedaleo: la cuantía de la ayuda será de DOSCIENTOS CINCUENTA (250) EUROS para cada bicicleta, el precio máximo de venta al público deberá ser igual o inferior a 1.500 € (IVA excluido). No serán subvencionables las compras de bicicletas de precio superior al indicado.
    • Adquisición de equipo nuevo de electrificación para la asistencia al pedaleo de bicicleta: la cuantía de la ayuda será de CIEN (100) EUROS para cada equipo, el precio máximo de venta al público deberá ser igual o inferior a 600€ (IVA excluido). No serán subvencionables las compras de precio superior al indicado.
  2. Cada beneficiario podrá solicitar la ayuda para un máximo de UNA (1) bicicleta o de UN (1) equipo de electrificación para la asistencia al pedaleo.
  3. Estas ayudas no serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). FIN 12/11/2024.

Formentera – convocatoria subvenciones para la adquisición de bicicletas
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