Entre las nuevas medidas de antifraude adoptadas recientemente está que los programas de facturación tendrán que estar certificados por la Agencia Tributaria para cumplir con una serie de criterios que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones. Y si tenemos software antiguo o que no cumple con esta certificación pueden sancionar a la empresa.
Quienes utilicen programas informáticos prohibidos o sin la certificación podrían ser multados con hasta 150.000 euros. Esta cifra se alcanzaría en caso de ocultar ingresos y no cumplir con las especificaciones técnicas requeridas, y se tendría que pagar por cada ejercicio económico en el que se hayan producido las ventas ocultadas.
No obstante, en casos en los que simplemente no se hayan actualizado los programas de acuerdo a la nueva certificación y se disponga de ellos, la sanción llegaría a una tercera parte, hasta los 50.000 euros. Se penalizará con 1.000 euros a los usuarios por no facturar o llevar la contabilidad con programas debidamente certificados, independientemente de que se demuestre la desviación de ventas.
Solo el tener instalado un programa no adaptado a la nueva normativa puede ser sancionado con 1.000 euros, aunque se utilice otro más actual que si cumple con esta certificación. La sanción sería igualmente aplicable.
Por otra parte, también, los fabricantes, vendedores o distribuidores de los programas de contabilidad que no dispongan de esta nueva certificación del Ministerio de Hacienda serán sancionados con 150.000 euros por cada año que los hayan fabricado, vendido o distribuido.