Se constituye el anexo 1 como actualización del punto II del protocolo de aplicación, incorporando una nueva medida que es la siguiente:
«II. Medidas preventivas sanitarias para las empresas
- Se recomienda el establecimiento de jornadas de trabajo continuadas durando el tiempo del estado de alarma, siempre que sea posible desde el punto de vista técnico, organizativo y productivo, para reducir el tiempo de exposición de los trabajadores y trabajadoras en la obra de construcción.
Trasladar que esta Orden es de aplicación desde la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y hasta que finalice el periodo del estado de alarma, incluidas las prórrogas.
ACTUALIZACIÓN DE LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN EL PROTOCOLO DE MEDIDAS PREVENTIVAS SANITARIAS PARA LIMITAR LA PROPAGACIÓN Y EL CONTAGIO DEL COVID-19 EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (BOE 29-05-2020)