Para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas después de la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, será del 50%.
Este aforo máximo será también de aplicación a los servicios de restauración de los hoteles y alojamientos turísticos
En cuanto a las terrazas de los establecimientos la apertura de los cuales está permitido el límite máximo será el 50% de las mesas
En ambos casos respetando el resto de medidas de protección aplicables.
IBIZA – FASE 2 – MEDIDA FLEXIBILIZACIÓN DEL AFORO DE LOS LOCALES DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN EN EL PROCESO DE DESESCALADA DEL ESTADO DE ALARMA COVID-19(BOIB 30-05-2020)