Para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas después de la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, será del 50%.

Este aforo máximo será también de aplicación a los servicios de restauración de los hoteles y alojamientos turísticos

En cuanto a las terrazas de los establecimientos la apertura de los cuales está permitido el límite máximo será el 50% de las mesas

En ambos casos respetando el resto de medidas de protección aplicables.

IBIZA – FASE 2 – MEDIDA FLEXIBILIZACIÓN DEL AFORO DE LOS LOCALES DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN EN EL PROCESO DE DESESCALADA DEL ESTADO DE ALARMA COVID-19(BOIB 30-05-2020)
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad