Como adelantábamos en nuestra circular anterior, mediante una Orden publicada ayer por la Agencia Tributaria, finalmente los autónomos podrán seguir aplazando el pago de hasta 30.000 euros de IVA, por un máximo de 12 mensualidades.
Si la cantidad a aplazares inferior a los 30.000 euros, no se les solicitará ni siquiera aval o garantía. Tampoco se hará especificar si se trata de un IVA cobrado o no.
Por el contrario si la cantidad a aplazar es superior a 30.000 euros, el autónomo sí que tendrá que presentar aval y garantía y podrá beneficiarse de un aplazamiento de un máximo de 36 meses; debiéndose acreditar que las cuotas de IVA repercutidas no han sido pagadas.
Aplazamiento IVA excepción – Permitido para autónomos