AYUDAS DESTINADAS A PROMOVER GRANDES ACTUACIONES DE INVERSIÓN PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA PRODUCTIVA Y DIGITAL DE LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LAS ILLES BALEARS PARA EL AÑO 2024, Y LA CONVOCATORIA PARA CONCEDER AYUDAS DESTINADAS A PROMOVER LA MODERNIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA PRODUCTIVA Y DIGITAL DE LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LAS ILLES BALEARS PARA EL AÑO 2024
Objeto
Las ayudas consisten en subvenciones destinadas a apoyar la realización de grandes inversiones de carácter industrial mediante la adquisición de activos materiales y la adquisición de activos inmateriales asociadas al proceso industrial que deban ser utilizadas o entrar en funcionamiento por primera vez.
La concesión de estas ayudas comportará la obligación para el beneficiario la contratación de al menos un trabajador a jornada completa dentro de plazo subvencionable y que éste o estos trabajadores o trabajadoras se incorporen al centro de trabajo donde se han hecho las actuaciones subvencionadas. No se entenderá como creación de puesto de trabajo el mero reintegro de los trabajadores en situación de expediente de regulación temporal de empleo.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las empresas que tienen la consideración de PYME que en su condición desarrollan o desarrollarán una actividad industrial productiva en las Illes Balears siempre que sus actividades estén incluidas dentro de los epígrafes sobre actividades económicas (IAE) en las divisiones 2, 3, 4 y 691.2 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división A correspondiente a establecimientos y actividades industriales del Registro Integrado Industrial, o en el Registro Minero de las Illes Balears de la Consejería de Empresa, Empleo y Energía.
También son beneficiarias las empresas incluidas en el grupo 504 del IAE de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división B correspondiente a las empresas de servicios relativas a la actividad industrial del Registro Integrado Industrial, en este último caso, el grupo 504 declarado deberá coincidir exactamente con la división B en la que se encuentra inscrito.
En caso de que se trate de inversiones a instalar en nuevos centros productivos, la inscripción en el Registro Integrado de Industria deberá acreditarse con la justificación de la inversión efectuada.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas que soliciten una inversión mínima subvencionable de 100.000 euros, IVA excluido.
Cuantía de las ayudas
Subvenciones del 50 % del importe de la factura (IVA excluido) de los gastos de adquisición de los activos, documentación técnica e inversiones incluidos en el apartado tercero de la convocatoria, en el que la suma de todos los gastos subvencionables deberá ser igual o superior al establecido en el apartado segundo, punto segundo de la convocatoria, de acuerdo con la actividad que desarrolla el posible beneficiario según IAE.
El importe máximo subvencionable del conjunto de este programa será de 200.000 euros por beneficiario. El coste de contratación a entidades externas de proyectos técnicos de ampliación de instalaciones industriales, por desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o que permitan mejorar considerablemente los ya existentes queda limitado a un importe máximo de 20.000 euros, IVA excluido.
Plazo y presentación de solicitudes
Hasta el 24 de febrero de 2024