Objeto y finalidad de las ayudas
El objeto de estas ayudas es dinamizar y fomentar la industria de la moda Adlib en la isla de Ibiza a través de la participación en ferias, pasarelas y eventos especializados que permitan la promoción de la moda Adlib, así como incentivar las actuaciones encaminadas a mejorar la propia industria de la moda Adlib.
Todo esto con la finalidad de promover el mejor conocimiento de la industria de la moda de Ibiza en el exterior y su mejor posicionamiento en el mercado.
Personas beneficiarias.
Podrán solicitar las ayudas los diseñadores y las diseñadoras de moda, complementos y accesorios de moda Adlib que cumplan los requisitos siguientes:
– Estar dado de alta como sociedad, como autónomo o como CB en la isla de Ibiza, el epígrafe correspondiente y, en todo caso, en el momento de solicitud de la ayuda y hasta la fecha de justificación de la actividad objeto de subvención.
– Tener taller de confección propio o contratado en la isla de Ibiza, especificando dirección y datos de contacto, horario, número de trabajadores/as y breve descripción del inventario. El taller debe estar inscrito o haya solicitado la inscripción en el Registro Industrial del Govern de les Illes Balears.
– Estar dado de alta en la Seguridad Social, en todo caso en el momento de la solicitad de la ayuda y hasta la fecha de justificación de la actividad objeto de la subvención.
Actividades subvencionables e importes
Línea 1: Participación en ferias, pasarelas y eventos especializados que permitan la promoción de la moda Adlib
– Asistencia y participación en ferias, pasarelas o eventos especializados de moda locales, excluidas las organizadas por el Consell Insular d’Eivissa: 300 Euros por feria.
– Asistencia y participación en ferias, pasarelas o eventos especializados de moda nacionales, de acuerdo con las cantidades siguientes dependiendo de la duración de la actividad:
*500 Euros por asistencia con duración 1/2 días
*900 Euros por asistencia con duración 3 días o más
– Asistencia y participación en ferias, pasarelas o eventos especializados de moda celebradas fuera de España, de acuerdo con las cantidades siguientes dependiendo de la duración de la actividad:
*1.000 Euros por asistencia con duración 1/2 días
*1.800 Euros por asistencia con duración 3 días o más
A los importes anteriores se podrá añadir, hasta un 50%, los gastos de la inscripción para participar en la feria, pasarela o evento. Quedarán excluidos los gastos de inscripción o participación que no se hayan abonado directamente al organizador de la feria, pasarela o evento de moda.
La cantidad máxima a recibir por cada solicitante en esta línea de subvenciones será de 3.000 euros.
Línea 2: Para incentivar las actuaciones destinadas a mejorar la industria de la moda Adlib
– Gastos para adquirir maquinaria, utensilios y otro tipo de materiales no fungibles para la elaboración y confección de los diseños.
– Gastos para adquirir instrumentos de soporte para la exposición de los diseños.
– Gastos para crear páginas web del/ de la diseñador/a o la empresa, así como para renovar las páginas web (entendido como la modernización de la página completa, la inclusión de nuevas secciones y la incorporación de canales de comercialización pero, en ningún caso, como la actualización o traducción de contenidos).
En ningún caso, en las dos líneas, serán considerados gastos subvencionables:
– Los gastos que no cumplan el objeto de la convocatoria.
– Los gastos subvencionables, pero el importe de los cuales, en su adquisición, sea superior al valor de mercado.
– Los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, los recargos y las sanciones administrativas y penales, y los gastos de procedimientos judiciales.
– Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, como es el caso del IVA.
Presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes, con los documentos de justificación finalizará el 30 de septiembre de 2018.