El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa es una modalidad de contrato bonificada que se creó con la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

El incentivo fundamental para las empresas que contraten mediante el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa es una reducción del 100% de las contingencias comunes en los seguros sociales (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores).

El resto de contingencias se pagarán de forma ordinaria, según corresponda. Esta reducción podrá aplicarse durante al menos 12 meses, siempre y cuando se respeten las condiciones y requisitos del contrato.
El incentivo podría prorrogarse otros 12 meses en los casos en los que el trabajador todavía compatibilice empleo y formación.

Características del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa:
• Jornada a tiempo parcial. En ningún caso podrá ser superior al 50% sobre la jornada a tiempo completo. Solo se puede ampliar hasta el 75% de la jornada, si la empresa lo desea, cuando se realiza con jóvenes inscritos en Garantía Juvenil.
El trabajador deberá compatibilizar empleo y formación, o haberla realizado durante los 6 meses previos al contrato.
• Durante toda la vigencia del contrato deberá mantenerse el nivel de empleo alcanzado.
• Se podrá realizar por duración determinada o por tiempo indefinido.
• Se formalizará por escrito.

¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador?
Para poder acceder a este tipo de modalidad, es fundamental que el trabajador sea menor de 30 años y esté inscrito como demandante de empleo. En caso de tener un grado de discapacidad reconocido de al menos un 33%, el límite máximo de edad será de 35 años.

Además de estos, deberá cumplir alguno de los siguientes requisitos:
1. Estar inscrito como demandante de empleo durante 12 meses, de los 18 meses anteriores al momento del alta del contrato.
2. No disponer de experiencia laboral o que esta sea inferior a 3 meses.
3. Proceder de otro sector de actividad. Por otro sector se entenderá que haya trabajado bajo otro CNAE diferente.
4. No tener formación oficial de ESO, FP o Certificado de Profesionalidad.
5. Estar inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

¿Qué requisitos se exige a las empresas?
Este contrato lo podrán realizar tanto empresas, como trabajadores autónomos. Siempre que no hayan realizado un despido improcedente en los 6 meses previos a la fecha de alta del contrato a tiempo parcial.

Además, no podrán estar en situación de deuda con Hacienda o Seguridad Social. Te recomendamos comprobar que todo está correctamente, antes de dar el alta.

¿Cómo es la formación de un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa?
El trabajador realizará una acción formativa por un mínimo de 90 horas, en los 6 meses previos o durante el contrato. La realización de esta formación es obligatoria.

La acción formativa podrá ser:
• Formación acreditable oficial o promovida por el SEPE.
• Acciones formativas de idiomas o tecnologías de la información y comunicación.

Si la formación se realiza una vez contratado el trabajador, además la empresa podrá bonificar el importe de ésta mediante el crédito disponible para formación programada, por lo que le puede salir a coste 0 €.

Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa
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