OBJETO

Subvenciones para las personas físicas o jurídicas que sean titulares de autorización de transporte público de viajeros o de mercancías residenciadas en las Islas Baleares, para paliar el impacto económico ocasionado en el sector a consecuencia de la alerta sanitaria derivada de la COVID-19, con el objetivo de mantener su actividad de transporte.

BENEFICIARIOS

  1. Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que sean titulares de autorización de transporte público de viajeros y mercancías residenciadas en las Islas Baleares, y que hayan reducido su facturación, como consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020, en relación con el mismo periodo del año 2019, en los siguientes porcentajes:

– En las empresas titulares de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros de la clase VD y VTC, al menos un 75%.

– En las empresas titulares de autorizaciones de transporte de mercancías (MDL y MDP), al menos un 30%.

– En las empresas titulares de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros VT, al menos un 75%.

  1. Las empresas titulares de autorizaciones VT únicamente podrán ser beneficiarias de estas ayudas si no han sido beneficiarias de la subvención otorgada mediante la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020, por la cual se aprueban las bases y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomos afectados directamente por la COVID-19.
  2. Los beneficiarios, en el momento de la presentación de la solicitud, tienen que cumplir todos los requisitos que prevé el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS

Procedimiento de concurrencia no competitiva. En consecuencia, se tienen que seleccionar todas las personas físicas y jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público de viajeros y mercancías residenciadas en el ámbito territorial de las Islas Baleares que cumplan los requisitos de esta convocatoria y que adjunten la documentación adecuada a la solicitud.

Las subvenciones se otorgan hasta que se agote el crédito presupuestario, por orden de entrada de registro con la documentación completa, o de subsanación de deficiencias.

Cuantía de las ayudas

  1. Para las empresas con autorización de transporte discrecional de viajeros de la clase VD y VTC, hasta un máximo de 300.000 € por beneficiario, teniendo en cuenta la antigüedad y plazas del vehículo, de la siguiente manera:
PLAZAS
Hasta 5 años Entre 6 y 10 años Entre 11 y 15 años Más de 16 años
Menos de 10 1.000€ 800€ 600€ 400€
Entre 10 y 25 1.200€ 1.000€ 800€ 600€
Entre 26 y 39 1.400€ 1.200€ 1.000€ 800€
Entre 40 y 57 1.600€ 1.400€ 1.200€ 1.000€
Más de 57 1.800€ 1.600€ 1.400€ 1.200€

 

Para calcular la antigüedad de los vehículos se tendrá en cuenta la existente a fecha 31 de agosto de 2020.

  1. Para las empresas con autorización de transporte de mercancías, la ayuda total es de 450.000 €, que se distribuirá a razón de 800 € por vehículo con autorización para vehículos pesados (MDP) y 600 € por vehículo con autorización para vehículos ligeros (MDL), hasta un máximo de 50.000 € por beneficiario.
  2. Para las empresas con autorización de transporte discrecional de viajeros VT, la ayuda total es de 650.000 €, que se distribuirá a partes iguales por autorización VT, con un máximo de 2.000 € por beneficiario.

 

SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles contadores desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria (17/11/2021) o hasta agotarse el crédito presupuestario.

Convocatoria de ayudas para el sector del transporte público por carretera de viajeros y mercancías para paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo que se han producido por el alerta sanitaria derivada de la Covid-19, con el objetivo de mantener su actividad (BOIB 26/10/2021)
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