El Gobierno y las principales organizaciones de autónomos (ATA y UPTA) han acordado subir un 1,25% las cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia a la Seguridad Social a partir del 1 de enero de 2019.
Estos son los detalles del acuerdo alcanzado entre las principales asociaciones de autónomos (ATA, UPTA y CEAT) y el Ministerio de Trabajo en torno a la cotización del autónomo en 2019.

1. SUBIRÁN LAS BASES MÍNIMAS
La base mínima de cotización sube un 1,25%, tanto del autónomo persona física como del societario. La base mínima de cotización sube de los 932,70 euros mensuales actuales a 944,35 euros y la de los societarios subirá a 1214,08 euros mensuales.

2. PAGARÁN MÁS COTIZACIONES
El tipo de cotización aumenta del 29,80% vigente al 30%. El acuerdo alcanzado contempla incrementos progresivos del tipo de cotización cada año hasta 2022: 30,3% en 2020, 30,6% en 2021 y 30,9% en 2022.

3. MÁS PRESTACIONES
Se obliga a cotizar por contingencias profesionales (tipo 0,6%), por cese de actividad (1%) y por formación profesional (0,1%). Estas coberturas dejan de ser voluntarias y se extienden también a los trabajadores autónomos.

Con todo ello, la cuota de autónomos resultante de ese aumento de la base mínima y el tipo de cotización, incluidas las nuevas coberturas, pasa de los 278,87 euros en 2018 a 283,3 euros en 2019, dando lugar a una subida mensual de 5,36 euros lo que equivale a 64 euros más al año.

En el caso de los autónomos societarios, cuya cotización dejó de estar está ligada al Régimen General con la ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, la subida mensual de la cuota pasará de 357 euros todavía vigentes a 364,22 euros a partir de 2019. Este incremento encarecerá 82 euros más al año la cotización del autónomo societario en 2019.

En contrapartida, los trabajadores autónomos contarán con una mayor facilidad al acceso de la prestación por cese, ya que hasta ahora se denegaba al 70% de los solicitantes; tendrán derecho a la baja por contingencias profesionales (accidente o enfermedad), y a partir de enero no tendrán que cotizar a partir del segundo mes de baja por enfermedad.

En relación a las autónomas dentro de los 24 meses posteriores a la prestación por maternidad, podrán obtener una tarifa plana de 60 euros durante 12 meses sin necesidad de cesar previamente.

La antesala de la cotización por ingresos reales.

Los incrementos acordados sobre la cotización del autónomo en 2019 es una solución temporal ante la posibilidad de empezar el año sin Presupuestos Generales del Estado y sin el sistema de cotización por tramos que ha sentado sobre la mesa a las asociaciones de autónomos en los últimos meses y que, podría aprobarse previsiblemente, a comienzos de 2019.

Ante este escenario, claramente podemos afirmar que continuarán las negociaciones.

Novedades para los autónomos en 2019
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