Se ha puesto en marcha la devolución del IRPF a las madres y padres, que tuvieron hijos en 2014 y 2015, que hayan tributado por los correspondientes permisos, que podrán solicitarlo hasta el 31 de diciembre de 2018. El resto (los de 2016 y 2017) tendrán que hacerlo a partir de enero de 2019
Dado que los derechos y obligaciones tributarias prescriben a los cuatro años, en principio no pueden solicitarse para años anteriores al 2014.
Las mujeres autónomas que hayan recibido esta prestación (afiliadas, en situación de alta en el RETA y al corriente de pago con la Seguridad Social) también pueden reclamar las retenciones.
Los únicos datos que se tienen que aportar son la fecha de nacimiento del bebé o bebés y el número de cuenta de la entidad bancaria para hacer el abono correspondiente. El resto de comprobaciones se harán con datos de la Agencia Tributaria.
Las madres y padres que lo soliciten, además, tendrán derecho a recibir intereses de demora de Hacienda, pero sólo en los casos en los que en la declaración de la Renta correspondiente, al afectado le haya salido a ingresar