AMPLIADO EL PLAZO DE SOLICITUDES HASTA EL 30/08/2016
 El plazo de solicitud de subvenciones será hasta el 30/8/2016 ( o hasta que se agote la partida presupuestaria) para  el fomento de las instalaciones de energía solar fotovoltaica para autoconsumo, que promovidas por las persona físicas o comunidades de propietarios. que sean titulares del correspondiente contrato de suministro eléctrico.
Las materias subvencionables son inversiones en nuevas instalaciones  para el autoconsumo, con una potencia  de pico a instalar de 3kWp. En el caso de instalar una potencia superior sólo se subvencionarán los primeros 3kWp.
Las inversiones se tendrán que ejecutar y pagar dentro del período que va desde la fecha de presentación de la solicitud según Registro de entrada de la misma y no podrá ser superior al 14/11/2016.
No son subvencionables las adquisiciones mediante leasing u otras fórmulas de arrendamiento financiero, en la que los bienes no sean propiedad del beneficiario.
La cuantía de subvención será del 50 sobre el valor de la inversión admisible, en ningún caso será un importe superior 2.250 euros.
El valor de la inversión admisible es de 1.5 €/Wp.
En el caso de que el beneficiario reciba otras subvenciones o ayudas para la misma actividad o tipo de actuación, el importe de las subvenciones establecidas en esta convocatoria, no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas supere el coste de la actividad subvencionada.
Si tiene prevista algún tipo de inversión y considera que puede resultar de su interés consúltenos.
Subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica para autoconsumo dirigida a particulares
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