Presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes acaba el día 15 de octubre del 2020.


Beneficiarios

Las empresas emergentes (startups), cooperativas, autónomos, emprendedores, las microempresas, así como las pequeñas y medianas empresas de las Islas Baleares (de ahora en adelante, pymes), que ejercen una actividad de comercio, de servicios o industrial y que estén constituidas previamente en la fecha de publicación de esta convocatoria, que quieran iniciarse o consolidarse como empresa en el ámbito internacional.

 

Gastos subvencionables:

A) Gastos relacionados con la reactivación y puesta en marcha del plan de internacionalización a cargo de un técnico experto en comercio exterior de una empresa externa, de la empresa a causa de la parada causa por la crisis sanitaria de el COVID-19.

B) Gastos relacionados directamente con la reactivación y puesta en funcionamiento del plan de marketing internacional y TIC aplicadas a la internacionalización, una vez reiniciada la actividad paralizada a causa de la crisis sanitaria de el COVID-19, en concreto:
Publicidad en medios extranjeros.
Publicidad o inscripción en portales o directorios en linea y en mercados electrónicos internacionales, siempre que esté vinculada con los mercados exteriores objetivo del plan de internacionalización.
Servicios correspondientes a la elaboración de material promocional, catálogos, folletos y conjunto de carteles diversos, realizados en diferentes idiomas y dirigidos específicamente a la promoción en mercados exteriores.
Campañas SEM de marketing en linea internacional.
Gastos dirigidos a fomentar o asegurar los canales digitales, en concreto la adaptación e implantación de nuevas herramientas tecnológicas en materia de internacionalización (TIC aplicado a la internacionalización).
Adaptación de la web a la venta online, en concreto: el ecommerce internacional, marketplaces, contratación de marketing digital en diferentes mercados, cambio de idioma de la página web.
Contratación de servicios externos para la adaptación del CRM y otras herramientas de gestión para el seguimiento y contratación de campañas de fidelización y captación en los mercados internacionales.

C) Servicios relacionados con el proceso de registro de marca comunitaria o en países fuera de la Unión Europea, para ganar competitividad en mercados exteriores y paliar los efectos provocados por el COVID-19. No se consideran elegibles las tasas.

D) Servicios relacionados con el proceso de certificación y registro de los servicios o productos necesarios para su comercialización a los países fuera de la Unión Europea, cuando así lo exija la normativa de estos países, y para ganar competitividad en mercados exteriores y así paliar los efectos provocados por el COVID-19. No se consideran elegibles las tasas.

E) Gastos de personal: salario bruto del personal técnico en comercio exterior que ejecute el plan de promoción internacional de la empresa o del técnico ingeniero de adaptación del producto al mercado internacional objeto de este proyecto; se aceptará un máximo de un contrato por empresa beneficiaria.
En este caso, se tendrá que especificar si la empresa ha aprobado un Expediente de Regulación Temporal de Empleo al trabajador o trabajadora de la cual se solicita la subvención de su salario. Los meses afectados por el ERTE no su subvencionables.
A efectos de esta convocatoria se considera técnico en comercio exterior quien acredite su formación o experiencia en materia de internacionalización, mediante certificado de realización de un curso en materia de internacionalización o con un certificado de la empresa que indique que desarrolla estas funciones dentro de la empresa, y además se encuentre contratado de forma indefinida por la empresa. Este
certificado no lo puede emitir el propio trabajador.
En cuanto al salario bruto técnico ingeniero de adaptación del producto al mercado internacional objeto de este proyecto, solo se podrá considerar como gasto elegible un 20% del salario bruto mensual. Para justificar sus funciones, se tendrá que aportar un certificado firmado por el responsable de la empresa que indique cuáles son sus funciones haciendo una referencia a la normativa que exige esta adaptación, y
además tendrá que encontrarse contratado de forma indefinida por la empresa.

F) Gastos de promoción, relacionadas con acciones de promoción en mercados exteriores: participación en ferias, salas de exposiciones, encuentros empresariales, viajes de prospección, material de difusión y promoción, y misiones inversas, cuando estas acciones se hayan realizado antes de la crisis sanitaria del COVID-19 y por tanto, se hayan podido llevar a cabo.
En el caso de acciones realizadas una vez reiniciada la actividad empresarial para la paralización causada por el COVID-19 y que se hayan realizado por la empresa solicitante con el objetivo de mejor su competitividad en mercados exteriores.
En el caso de gastos realizados y acciones aplazadas gravemente afectadas o canceladas, se aplicable el establecido en el punto siguiente.
En cuanto a los gastos de desplazamiento (vuelos, vehículos de alquiler, tren…) y alojamiento se financiarán mediante bolsas de viajes. Se consideran bolsas de viaje los gastos de transporte y alojamiento de una de las personas que participen en la acción.
Solo se proporcionará una bolsa de viaje por empresa y acción de promoción de un máximo de 600 euros por acción realizada a Europa, y hasta 1.200 euros por acción realizada fuera de Europa. Como máximo, cada empresa podrá recibir un máximo de dos bolsas de viaje por todo el proyecto subvencionado.

G) Gastos de promoción, relacionadas con acciones de promoción en mercados exteriores, que hayan realizado las empresas y no sean recuperables, cuando hayan sido canceladas, gravemente afectadas o aplazadas a causa de la paralización de la actividad ocasionada para la crisis sanitaria del COVID-19.
Gastos no recuperables de pago avanzados de: cuotas de participación en ferias, salas de exposiciones, encuentros empresariales, viajes de prospección, material de difusión y promoción, y misiones inversas.
Estos gastos pueden ser, como máximo, de un importe de 3.000 euros, y su justificación se realizará según el modelo de declaración responsable disponible en el modelo de solicitud .
Si los gastos su superiores a los 3.000 euros se tienen que justificar según el punto 6.2 de esta convocatoria, y en todo caso, se subvencionará un máximo de 3.000 euros por estos gastos.
En el supuesto de que las acciones hayan sido aplazadas, es necesario además, que la empresa justifique motivadamente la imposibilidad de acudir a la acción en la nueva fecha de aplazamiento.
Para la comprobación o control posterior, es necesario que la empresa presente, junto con las facturas, el justificante de pago, la documentación acreditativa de la cancelación o afectación de la feria por parte de la organizar de la misma, la comunicación de la parte devuelta del gasto por parte del proveedor de la factura, donde conste: el importe devuelto, y por último, un extracto bancario donde conste el pago del importe devolver del proveedor a la empresa solicitante.

H) Gastos relacionados con la contratación de servicios de consultoría o gestión de exportaciones en los mercados exteriores: para concertar agendas de reuniones, para realizar estudios de mercados y otras actividades relacionadas tendentes a reactivar la actividad de la empresa así como mejor su competitividad y reinicio del proyecto de internacionalización paralizada a causa de la parada obligatoria de la actividad causada por la crisis sanitaria del COVID-19.

I) Adaptación del producto a las medidas de seguridad e higiene derivadas del COVID-19, para su internacionalización. Estos gastos pueden ser, como máximo, de un importe de 3.000€, y su justificación se realizará según el modelo de declaración responsable disponible en el modelo de solicitud.

J) Proceso de adaptación de la empresa a las exigencias de los protocolos COVID-19, específicamente para la adaptación de la logística, embalaje y trazabilidad del producto, para su internacionalización. Estos gastos pueden ser, como máximo, de un importe de 3.000€, y su justificación se realizará según el modelo de declaración responsable disponible en el modelo de solicitud.
Estos gastos pueden ser, como máximo, de un importe de 3.000€, y su justificación se realizará según el modelo de declaración responsable disponible en el modelo de solicitud.

No son objeto de subvención los gastos siguientes:
a.Los gastos de publicidad sobre pequeños objetos (merchandising: bolígrafos, llaveros, camisetas, bolsas) y de material de oficina que no esté relacionado directamente con la feria o la exposición.
b.Los servicios de consultoría en actividades permanentes o periódicas relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
c.Las normas ISO y aquellas actuaciones que correspondan a la actividad ordinaria de la empresa beneficiaria.
d.Los gastos derivados de las muestras y muestrarios, y las acciones de promoción que se hagan en territorio nacional.
e.Las dietas, los gastos de aduana, el material promocional, los regalos promocionales y los de catering.
f.Tasas e impuestos.
Todos los gastos imputables a la convocatoria de ayudas tienen que estar enmarcados dentro del proyecto de internacionalización

 

Cuantía de las ayudas

A. Por los proyectos de iniciación a la internacionalización, se subvenciona el 50% del coste elegible presentado, con un máximo de 10.000 euros por proyecto.

B. Por los proyectos de consolidación a la internacionalización, se subvenciona el 50% del coste elegible presentado, con un máximo de 20.000 euros por proyecto.

AYUDAS PARA PROYECTOS DE INICIACIÓN O CONSOLIDACIÓN DE LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS DE LAS ISLAS BALEARES AFECTADAS POR EL COVID-19 (BOIB 24/9/2020)
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad